Quien apueste por Electricaribe no podrá repartir ganancias en 3 años

Así lo establece la nueva adenda del proceso de venta, que abre la puerta a la nacionalización.

Faltando un poco menos de un mes para que inicie el proceso definitivo con el que el Gobierno busca entregar a inversionistas privados la operación del servicio de energía eléctrica en la región Caribe (las ofertas se entregan el 25 de noviembre y la primera subasta –conjunta- es el 3 de diciembre), el Gobierno definió importantes cambios en las condiciones que deberán cumplir el o los inversionistas que se le midan arreglar al ‘chicharrón’ en el que se ha convertido Electricaribe.

En efecto, la agente interventora de la compañía, Ángela Patricia Rojas, publicó la adenda integral número 7 del proceso, que recopila todos los aspectos que se han venido ajustando y que impone mayores exigencias a los inversionistas, entre ellas cinco prohibiciones.

Uno de los requisitos más llamativos, y que no había estado en ningún documento anterior, es que las firmas que adquieran la operación conjunta de los dos mercados (Caribe Mar y Caribe Sol) o uno de estos, no podrán repartir utilidades ni dividendos durante tres años.

De acuerdo con la directiva, esta medida va acompañada de una restricción de disminuir el capital, buscando asegurar que los recursos que debe capitalizar el inversionista en la fecha de cierre se destinen a la ejecución del plan de inversiones, estimadas en algo más de 8,3 billones de pesos.

Igualmente, el nuevo documento del reglamento también le prohíbe a los inversionistas que lleguen acciones para bajar el nivel de capital como la readquisición acciones por parte de las compañías u operaciones con partes relacionadas.

“El contrato de adquisición de acciones contendrá la regulación detallada de las cinco acciones restringidas”, precisa el reglamento en uno de sus apartes.

Más ajustes

Para llevar a cabo el proceso, el primer intento de venta será a través de una subasta conjunta, que en caso de ser exitosa dará origen a una empresa que en el reglamento se denomina ‘Nueva Caribe’, que se constituirá en forma inmediata.

Según ha podido establecer EL TIEMPO, los inversionistas más interesados siguen siendo Celsia, Empresas Públicas de Medellín, aunque no es claro si tenga el músculo financiero o socio porque su prioridad son los costos por la contingencia de Hidroituango, y la Empresa de Energía de Pereira, del empresario Alberto Ríos, que también está en la búsqueda de un socio estratégico.

Pero si no es posible vender la empresa conjunta y solo se adjudica uno de los mercados, no solo se creará la empresa que asuma la operación de la zona que sea adjudicada, sino también nacerá el Centro de Servicios Compartidos, sociedad que prestará servicios transitorios a las nuevas sociedades, mientras cada una implementa sus propios procesos, soluciones e infraestructura.

Y una vez sean adjudicados los mercados, la firma que tome su operación deberá en primera instancia aportar las garantías que sean necesarias para asegurar la compra de energía en el mercado mayorista y asegurar la sustitución patronal, entre otras.

Pero además, deberá constituir una garantía que respalde el plan de inversiones a ejecutar, en lo cual deberá comprometerse con la ejecución del monto mínimo.

¿Y si no se adjudica?

De acuerdo con el reglamento, cada subasta se entenderá declarada desierta cuando no se presenten ofertas vinculantes elegible, texto que estaba en la adenda anterior, pero al que se le agregó que en caso de que no se adjudiquen ni las acciones de Nueva Caribe, ni las de Caribe Mar ni las de Caribe Sol, “el agente especial propenderá por una solución ágil para garantizar la continuidad de la prestación del servicio prestado por Electricaribe”, asumiendo la oblitación de tomar las medidas que considere convenientes para dar un uso a los activos que asegure la continuidad de la prestación continua, de calidad y eficiente del servicio según lo establecido en el artículo 365 de la Constitución Política.

Dicha norma señala que si por razones de soberanía o de interés social, el Estado, mediante ley o por iniciativa del Gobierno decide reservarse determinadas actividades estratégicas o servicios públicos, deberá indemnizar previa y plenamente a las personas que en virtud de dicha ley, queden privadas del ejercicio de una actividad lícita.

De acuerdo con fuentes conocedoras del proceso y las condiciones del mercado eléctrico de la región Caribe, una fórmula que funcionaría sería una similar a que se adoptó con la liquidación de Telecom, proceso en el que el Gobierno creó una empresa nueva, pero le vinculó capital privado, en este caso el de la española Telefónica.

Hay que recordar que el Estado es dueño del 32,5 por ciento de Coltel, empresa que opera Movistar (Telefónica), tras un negocio que se heredó de la antigua Telecom.

El Tiempo