Corte Constitucional precisa que las entidades territoriales podrán asumir total o parcialmente el costo del servicio público de aseo por la pandemia.
En la sentencia de la Corte Constitucional se precisa que el 6 de marzo de 2020 el Ministerio de Salud y de la Protección Social dio a conocer el primer caso de brote de enfermedad por Coronavirus COVID-19 en el territorio nacional, y que el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud -OMS- declaró el actual brote de enfermedad por Coronavirus -COVID-19- como una pandemia, esencialmente por la velocidad de su propagación.
La Corte después de estudiar la norma correspondiente a subsidios y servicio público de aseo y las otras medidas para el servicio público de aseo señaló que hasta el 31 de diciembre de 2020, las entidades territoriales podrán asumir total o parcialmente el costo del servicio público de aseo de los usuarios, teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos con que cuenten para el efecto y la necesidad de priorizar las asignaciones para las personas de menores ingresos.
En los casos en que el cobro del servicio público de aseo se produzca a través de convenios de facturación conjunta con los servicios de acueducto, alcantarillado, energía o gas y las entidades territoriales decidan asumir total o parcialmente el costo del servicio público de aseo de los usuarios, girarán directamente los recursos correspondientes al prestador del servicio público de aseo.
Luego de concluir que la norma objeto de estudio cumple con las exigencias formales y materiales previstas en la Constitución, en la Ley Estatutaria de los Estados de Excepción y precisadas en la jurisprudencia de la corporación, se declaró́ su constitucionalidad.
Tomado de Caracol Radio